Roda del Campo 1765

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Roda del Campo 1765

VILLASECO DE LOS GAMITOS. Roda del Campo 1765.

Villaseco pertenecía al concejo de Ledesma, estando subdivididas las tierras o alfoz en RODAS. El término Roda puede tener su origen en la palabra musulmana «Robda», que hacía referencia a la milicia que se ocupaba de la vigilancia de fronteras y caminos, o de otra palabra musulmana, «Rutba» que se relacionaría con el impuesto derivado del tránsito de ganados, siendo quizá más probable esta última acepción. En todo caso, los Roderos serían los encargados del cuidado del bien de la tierra, por lo que la porción o espacio que tienen bajo su vigilancia debería llamarse Roda, mas como quiera que se llamara, el concejo de Ledesma se subdividió en RODAS a principios del siglo XVI.

En el año 1500 aparece un mapa confeccionado por A. BARRIOS, del Poblamiento de la Tierra de Ledesma, en el que aparecen ya ciertas subdivisiones del territorio.

En el año 1534 tenemos nuevos datos mucho más detallados de la Tierra de Ledesma junto con todas sus Rodas y población por aquel entonces, perfectamente recogidos en un libro sobre el Censo de la Población de las provincias y partidos de la Corona en el siglo XVI

En este libro o censo se detallan todas las Rodas en las que se divide la Tierra con capital en la Villa de Ledesma (que tenía en esa época 217 vecinos).

Las Rodas son las siguientes:

Roda del Campo: 364 vecinos

Roda de Villarino: 769 vecinos

Roda de Masueco: 836 vecinos

Roda de Mieza: 473 vecinos

Roda de Villares Dardo: 296 vecinos

Roda de Garci Rey: 359 vecinos

Roda de Zafrón: 146 vecinos

Roda de Tirados: 163 vecinos

Roda de Almernara: 181 vecinos

Roda de Somasa: 52 vecinos.

El recuento se hacía por vecinos (casas habitadas), no por habitantes, pero para hacer su cálculo se suele multiplicar por 4 o por 5, así está estipulado oficialmente (hay que tener en cuenta que, aunque nacían muchos niños, el índice de mortalidad infantil era muy elevado y también que había vecinos que vivían solos-viudos o viudas- aunque en otras muchas casas el número de residentes fuera superior a 4 o 5 personas.

Antes de comunicarse la real orden sobre elecciones y propuestas de los ayuntamientos, tenían el privilegio los vecinos de los pueblos respectivos de cada Roda de elegir a su rodero o procurador general, que vale tanto como que es el que debe procurar el bien de la tierra. Esta elección era trienal hasta dicha orden, tiempo que se creía suficiente para que se instruyesen los procuradores en todos los asuntos de sus atribuciones, y la concesión de dichos privilegios consta por reales provisiones y ejecutorias ganadas desde tiempo inmemorial. Eran unos fiscales sobre el ayuntamiento de la cabeza de partido y de los demás distritos, y eran un escudo en el que se estrellaba la arbitrariedad de los alcaldes mayores feudales, cuando trataban de proceder sin consideración al mejor estar de los pueblos y su tierra. Siempre eran electos para estos destinos los charros de más facultades, de edad madura, circunspectos, juiciosos e inteligentes en todas las industrias. En conclusión, recaía la elección en aquellos sujetos de quienes los pueblos tenían una y mil pruebas nada equivocas del amor que profesaban a la tierra.

Para las determinaciones, en el que tenía que entender el ayuntamiento de la capital de partido sobre cualquier ramo municipal o del estado, formaban los Roderos un cuerpo consultivo; y así es que tenían intervención inspectora en todas las atenciones relativas a impuestos, cargas concejiles, nuevos plantíos, arbolados, pósitos, propiedad pecuaria, territorial y urbana. Eran la piedra de toque para deliberar sobre los asuntos de la población, para las contribuciones, tanto pecuniarias como personales, ya fueran de provincia o de ejército.

Por último, estos procuradores eran, digámoslo así, el eslabón de la cadena que se forma para la comunicación de las reglas directivas de la sociedad, que se dirigen por medio de reales órdenes o circulares originadas por el gobierno supremo.

Con el paso del tiempo las Rodas fueron sufriendo variaciones hasta el punto de que, en el año 1826, según el Diccionario Geográfico-estadístico de España y Portugal, dedicado al Rey nuestro Señor; elaborado por el Doctor Don Sebastián MIÑANO nos deja constancia de la existencia de tan solo 5 RODAS en el Concejo de Ledesma.

Dichas Rodas eran la de Mieza, Villarino, Ciperez, del Campo y Garci Rey.

Mas informaicon en el siguiente enlace: http://m.guadramiro.com/historia/roda-de-mieza/


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